Fallo tendrá implicancias en demanda por concentración de medios

9 September 2015 / By La República.pe

La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH) que ordena al gobierno de Venezuela restablecer la señal de Radio Caracas Televisión (RCTV) tendrá impacto en el Perú en la solución de la demanda de amparo presentada por ocho ciudadanos ante la compra de Epensa por el Grupo El Comercio.
El Tribunal Constitucional ha señalado que las sentencias de la Corte-IDH son vinculantes para nuestro sistema jurídico, así el Estado peruano no sea parte de la decisión adoptada por el tribunal internacional. La demanda por la compra de Epensa considera que esa operación comercial afecta la libertad de información y el pluralismo informativo, temas que son tratados en el fallo sobre Venezuela.
Así, la Corte-IDH recuerda que a la vez que los Estados no deben interferir en  las libertades de comunicación, tienen la obligación de generar un marco administrativo y legislativo que garantice el pluralismo y la diversidad informativa.
Al respecto, se menciona el fallo del Tribunal Europeo en el caso Centro Europa y Di Stefano vs Italia, donde se establece que a fin de garantizar la democracia plena, los estados tienen que adoptar marcos regulatorios respecto a la propiedad de los medios y adoptar cualquier medida regulatoria y financiera adecuada para garantizar su transparencia, el pluralismo estructural y la diversidad de contenido.
En este contexto, es relevante que la Corte diga en su sentencia, y también su nota de prensa, lo siguiente:
“La pluralidad de medios o informativa constituye una efectiva garantía de la libertad de expresión, existiendo un deber del Estado de proteger y garantizar este supuesto, por medio, tanto de la minimización de restricciones a la información, como por medio de propender por el equilibrio en la participación, al permitir que los medios estén abiertos a todos sin discriminación, puesto que se busca que no haya individuos o grupos que, a priori, estén excluidos. Respecto a la concentración de medios, el Tribunal recordó que la libertad de expresión se puede ver también afectada sin la intervención directa de la acción estatal. Tal supuesto podría llegar a configurarse, por ejemplo, cuando por efecto de la existencia de monopolios u oligopolios en la propiedad de los medios de comunicación, se establecen en la práctica medios encaminados a impedir la comunicación y la circulación de ideas y opiniones. Por ello, la Corte concluyó que los Estados están internacionalmente obligados a adoptar las leyes y políticas públicas que garanticen el pluralismo de medios o informativo en las distintas áreas comunicacionales, tales como, por ejemplo, la prensa, radio, y televisión”.
Clave
“El juez que tiene la Acción de Amparo haría bien en leer esta resolución y ver el grado de vinculatoriedad, al que está sometido, para respetar el mandato del sistema interamericano en materia de libertad de expresión y pluralidad informativa. El juez peruano está vinculado a seguir la interpretación que ha hecho la Corte IDH, opinó el ex magistrado del Tribunal Constitucional César Landa.
Source: http://larepublica.pe/impresa/politica/702183-fallo-tendra-implicancias-en-demanda-por-concentracion-de-medios
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